Convenio de colaboración entre la Asociación y el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de la Rioja

Convenio de Colaboración entre la Asociación Profesional de Terapeutas Ocupacionales (ARTO) y el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja (CPTOLR)
 1.     DENOMINACIÓN, DOMICILIO SOCIAL, DURACIÓN Y FINES
 2.     CLAUSULAS
         2.1.     MIEMBROS DEL FORO, DERECHOS Y DEBERES
         2.2.     ORGANOS DE GESTIÓN
         2.3.     RÉGIMEN ECONÓMICO
         2.4.     REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
         2.5.     MODIFICACIÓN DEL CONVENIO Y SUS NORMAS
         2.6.     ANEXOS 1, 2

 1. DENOMINACIÓN, DOMICILIO SOCIAL, DURACIÓN Y FINES

Denominación
Reunidos en Logroño, en la Gota de Leche, a día 7 de Septiembre de 2013, se acuerda realizar un Convenio de Colaboración entre la Asociación Profesional de Terapeutas Ocupacionales (ARTO) y el Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de La Rioja (CPTOLR)  .
Este Convenio nace para dar respuesta a las futuras demandas o necesidades que ARTO y el CPTOLR tendrán con el objetivo general de mejorar la realidad de la Terapia Ocupacional (TO) en La Rioja, mediante la coordinación de proyectos conjuntos y el desarrollo de acciones profesionales homogéneas en todo el territorio autonomico.
Domicilio social
El Convenio no tiene domicilio físico, las reuniones que se establezcan para el desarrollo de su actividad, serán fijadas en el lugar que interese en cada momento.
Duración
El Convenio se constituye por tiempo indefinido y sin ánimo de lucro. El presente convenio tendrá una duración de cuatro años. Al final de este periodo, se revisará, cambiará o ratificará en función de las necesidades e intereses del momento. Por otra parte, se adaptará  a los nuevos movimientos sociológicos y políticas sociosanitarias.
Fines
Los objetivos del convenio: a) Facilitar la cooperación e intercambio de información, ideas y experiencias entre las dos organizaciones adheridas al convenio, creando para ellos los
cauces de comunicación que se considere oportuno para conseguir rapidez y eficacia. b) Promover la participación profesional en el ámbito autonómico, estatal e internacional. c) Desarrollar, contribuir y difundir la buena práctica profesional. d) Velar por la formación académica de la Diplomatura de Terapia Ocupacional y el Grado de Terapia Ocupacional.  e) Promover programas de formación continuada. f) Promover programas de estudio e investigación. g) Recabar, editar y difundir documentación sobre la teoría y la práctica de la TO. h) Reformular sus fines en relación a los cambios sociosanitarios y a las modificaciones políticas. i) Recabar toda la legislación generada, tanto a nivel local, autonómico y estatal, como a nivel de la Comunidad Europea, referente a la formación y al ejercicio profesional. j) Informar preceptivamente de las normas, proyectos de Ley y/o disposiciones legales que traten sobre TO. k) Favorecer y crear comisiones de trabajo que ayuden al desarrollo de la profesión. l) Crear un censo y mapa profesional a nivel autonómico. m) Promover la mutua ayuda entre las diferentes organizaciones. n) Promover directrices deontológicas para la práctica profesional.

2. CLAUSULAS

2.1. MIEMBROS DEL CONVENIO, DERECHOS Y DEBERES
2.1.1. Miembros
Serán miembros del convenio ARTO y CPTOLR.
2.1.2. Derechos
Los Derechos de las organizaciones adheridas al convenio: a) Participar activamente en la comisión gestora  b) Participar en todas las actividades organizadas por el convenio. c) Tener acceso a toda la documentación generada por el convenio. d) Recibir todos los servicios  que se creen desde el convenio. e) Recibir el apoyo desde el convenio en los temas que sean competentes dentro de su ámbito específico. f) Formar parte de las comisiones de trabajo.
2.1. 3. Deberes
Son deberes de los miembros del convenio: a) Aceptar y cumplir los acuerdos establecidos de forma democrática. b) Contribuir a los compromisos emanados del propio Convenio de colaboración y de los que se suscriban con posterioridad. c) Prestar apoyo a cualquier miembro que lo solicite.
d) Presentar la documentación requerida en tiempo y forma establecida en cada situación. e) Facilitar el buen desarrollo de los proyectos establecidos. f) Apoyar cuantas decisiones se establezcan de forma democrática.

2. 2 . ÓRGANOS DE GESTIÓN  
2.2.1 COMISIÓN GESTORA
2.2.1.1 Composición de la Comisión gestora: El órgano de gobierno del convenio es la "COMISIÓN GESTORA". La cual estará compuesta por la representación de 2 personas que cada organización establezca. Esta representación tendrá capacidad de decisión en aquellos temas que establezca el convenio y no contradiga el funcionamiento de su propia organización: a) Las dos personas delegadas por cada organización, serán elegidas por las mismas. b) La asistencia o ausencia a las reuniones tiene que ser confirmada y/o representada. c) La delegación será la misma durante el tiempo que establezca cada organización, según su funcionamiento interno (Aunque se recomienda una continuidad de 4 años). d) La delegación será presentada mediante certificación de la secretaria de la organización y V.B. de  su presidencia.
2.2.1.2 Las funciones de la Comisión Gestora:
a) Adoptar acuerdos que serán reflejados en diferentes convenios refrenados por mayoría simple (la mitad más uno) de los miembros y rubricados por los representantes legales de cada organización presente y representada. b) La Comisión Gestora es libre para organizar las reuniones que crea conveniente. Se recomiendan al menos 3 anuales (cuatrimestrales) c) La Comisión Gestora es libre para acordar cuantos convenios crea necesario para el mejor funcionamiento del convenio y proyectos propuestos. d) Supervisar la ejecución de los acuerdos y proyectos propuesto e)  Promover cualquier modificación de acuerdos, en la forma que establece la clausula2.5. f) De las reuniones de la Comisión Gestora se levantará acta. Ésta correrá a cargo de la organización correspondiente de turno. Así mismo, dicha organización coordinará la siguiente convocatoria.  g) Fijar las sanciones que correspondan a la organización infractora, las cuales se comunicarán por escrito. h) Preparar la agenda de la próxima reunión  i) La calendarización de las reuniones cuatrimestrales se definirán en la primera reunión de cada año entre toda la Comisión Gestora
j) Las reuniones quedarán válidamente constituidas en 1ª convocatoria cuando se encuentren presentes ½+1 de sus miembros, y en 2ª convocatoria cualquiera que fuera el nº de asistentes.  k) Toma de acuerdos 1. Los acuerdos de las reuniones se adoptarán por mayoría simple, salvo en aquellos casos en que legalmente se exija otro tipo de mayoría. Se otorgará un  voto por organización presente o representada. Las votaciones, con carácter general, se efectuarán a mano alzada. La votación será secreta siempre que afecte a personas o lo pida alguno de los presentes. En el supuesto de que una votación arrojara un empate en la reunión, se procedería a una nueva votación sobre el mismo asunto.  2. Los miembros que no puedan asistir a la reunión, podrán mandar su voto vía email.  3. No se votarán en la misma reunión temas que sean susceptibles de tener  implicaciones económicas y/o logísticas que deban ser consensuadas por las Juntas Directivas de las distintas Asociaciones o Colegios.
l) Comisiones de Trabajo: En el convenio existen unas Comisiones de trabajo específicas para temas concretos y que quedarán reflejadas en los convenios que se desarrollen en cada momento. En cada una de ellas estará especificado, como mínimo, el trabajo a desarrollar (objetivos y fines), y la metodología, el coordinador (organización y responsable), miembros (organizaciones y responsables).
 
2.3. RÉGIMEN ECONÓMICO
2.3.1. El convenio carece de Patrimonio Fundacional. Son las distintas organizaciones, que lo componen quienes asumirán los gastos que puedan generarse.
2.3.2. Los recursos financieros de convenio estarán constituidos por: a) Las donaciones y legados a favor de la misma. b) Las ayudas o subvenciones que se le concedan. c) Cualesquiera otros recursos obtenidos de conformidad con las disposiciones y preceptos del Convenio y sus Normas.
2.3.3. Los gastos derivados de reuniones (desplazamientos, material, comidas...) por parte de los comisionados, serán sufragados por cada organización.
2.3.4. Las propuestas de formación, convenios, proyectos, etc. que deriven en gastos para el convenio, se votarán en reunión general/ extraordinaria (cuando así lo decida la Comisión Gestora) y siempre que exista un presupuesto cerrado con una duración concreta (expuesto en horas, días, meses o años, según proceda).
2.3.5. Las distintas organizaciones participarán en los presupuestos, o gastos de convenio, en proporción.

2.4. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
2.4.1-. Se perderá la cualidad de miembro del foro en caso de:  a) Incumplimiento de los principios del convenio. b) Incumplimiento de los objetivos y fines del convenio. c) Incumplimiento de las tareas encomendadas y asumidas. d) Entorpecimiento de las tareas de las diferentes comisiones. e) Incumplimiento de los acuerdos establecidos y adoptados democráticamente.
2.4.3. Renuncia de pertenencia  al  convenio Los requisitos para abandonar el convenio por parte de una organización, con independencia de la motivación, que podrá explicar si así lo estima oportuno, son: a) Hacerlo por escrito por certificación expresa de la secretaria de la organización y el V.B. de la presidencia. b) Presentar el escrito a la comisión responsable de la coordinación. c) Haber resuelto los compromisos adquiridos con el convenio
 
2.5. MODIFICACIÓN DEL CONVENIO Y SUS NORMAS
2.5.1. Las Organizaciones gozan de pleno derecho para hacer las modificaciones en el Convenio de Colaboración y en los posteriormente creados, que estime oportunas.  Estas modificaciones se realizarán bajo propuesta formal (presentada por escrito y que conste dentro del orden del día de la siguiente reunión del Comité Gestor) de cualquiera de las organizaciones y con votación democrática de la mayoría simple (mitad más uno) de las organizaciones presentes y representadas.
2.5.2. Cualquier organización podrá denunciar el convenio en tiempo y forma establecido en el punto anterior.
2.5.3 El Convenio se disolverá: a) Por voluntad de las organizaciones constituyentes expresada mediante acuerdo de la reunión. El acuerdo de disolución se adoptará por la Comisión Gestora en una reunión convocada al efecto, por mayoría de 2/3 de las organizaciones. b) Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en el Convenio y sus Normas apreciada por acuerdo de la reunión. c) Por sentencia judicial.  
Y para que así conste, el acuerdo de todas las partes que firman el presente convenio, en Logroño a           de                 de 2013.
 
    Entidad                      Representante                    Email                                      Firma

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